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Medidas legislativas con trascendencia económica para el 2011

Siguiendo la práctica habitual de introducir novedades legislativas al finalizar el ejercicio, nos encontramos, un año más, ante un bombardeo de modificaciones que afectan directamente a empresas y trabajadores, y que es preciso conocer en vista al nuevo ejercicio 2011.

El Real Decreto-Ley 13/2010 incluye un conjunto de medidas tributarias que tratan de estimular la actividad económica y reducir los impuestos, especialmente en el ámbito de la pequeña y mediana empresa.
  • Se reduce el Impuesto sobre Sociedades para las PYMES. Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011:

    • Se eleva de 8 a 10 millones de euros el umbral relativo al importe neto de la cifra de negocio que posibilita acogerse al régimen especial de entidades de reducida dimensión.

    • Se aumenta el importe hasta el cual la base imponible de las entidades de reducida dimensión se grava con el tipo reducido del 25%. En la actualidad sólo disfrutaban de ventaja fiscal los primeros 120.000 euros de beneficio, se fija dicha cuantía en 300.000 euros.

  • Se extiende la libertad de amortización. Se amplía en tres años, hasta el 2015, el periodo de vigencia del régimen fiscal de libertad de amortización para inversiones vinculadas a la actividad económica, eliminando el condicionante del mantenimiento de empleo y permitiendo su extensión a todas las empresas, personas físicas y profesionales.

  • Se exonera del gravamen por la modalidad de operaciones societarias del ITP y AJD todas las operaciones societarias dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las empresas con la finalidad de eliminar obstáculos que dificulten la consecución de estos fines.

    Se producen, en otros ámbitos diferentes, un conjunto de medidas destinadas a eliminar en lo posible aquellas cargas económicas que recaen sobre las empresas de forma directa y a fomentar la inversión y la creación de empleo entre las PYMES:

  • Eliminación de la obligatoriedad del Recurso Cameral Permanente. Se hace voluntaria la pertenencia a cámaras de comercio, industria y navegación, y por lo tanto, la contribución a la cuota cameral.

  • Agilización de la constitución de sociedades. Se suprimen algunas cargas administrativas, se acortan plazos, se eliminan trámites y se reducen los costes derivados de iniciar nuevas actividades empresariales.

  • Publicidad de actos societarios. Se elimina la obligatoriedad de publicar actos societarios tales como constitución, modificación de estatutos, reducción de capital, convocatoria de juntas de accionistas o disolución de empresas, por medio de la prensa escrita.

Presupuestos Generales del Estado para 2011
Los Presupuestos para 2011 contemplan, de forma general, las siguientes novedades destacables en relación al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas):

  • Subida de tipos impositivos para las rentas más altas. A partir del 1 de enero de 2011, en Cataluña, las rentas superiores a 120.000 euros tributarán a un tipo marginal del 46% mientras que las rentas superiores a 175.000 euros tributarán al tipo marginal del 49%.

  • Eliminación “cheque bebé”. Con efectos al 1 de enero de 2011 se suprime la deducción de 2.500 euros por cada hijo nacido o adoptado en el periodo impositivo.

  • Reducción de las deducciones fiscales por adquisición de nueva vivienda habitual. Con efectos desde el 1 de enero de 2011 se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual, la deducción por aportaciones a “cuentas vivienda” así como la deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual que sólo se aplicará para aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, lo que supone una reducción importante en el número de contribuyentes del IRPF que podrán beneficiarse de la misma en caso de adquirir una nueva vivienda.

Obligatoriedad para las empresas, a partir de 1 de enero de 2011, de recibir notificaciones de la Agencia Tributaria por vía electrónica.

El 1 de enero de 2011 entra en vigor el RD 1363/2010 que establece que determinadas empresas (entre ellas todas las sociedades limitadas y anónimas) estarán obligadas a recibir las notificaciones de Hacienda exclusivamente por Internet.

En los próximos meses se asignará a cada empresa un correo electrónico que, a partir de ese momento, será la única vía para recibir las notificaciones fiscales de la Agencia Tributaria. Por cuestiones de seguridad, no se remitirán los mensajes al correo habitual de las empresas. Serán las empresas las que deberán acceder a la página web de la Agencia Tributaria por medio de certificado digital.

Dada la importancia de la medida, se recomienda a todas las empresas que tramiten un certificado digital o, alternativamente, cursen el apoderamiento necesario a su asesor para tramitar correctamente dichas notificaciones.

Ley Antitabaco a partir del 2 de Enero de 2011.

Por último, permítanme recordarles que está prevista la entrada en vigor de la Ley Antitabaco para el 2 de Enero de 2011, fecha a partir de la cual estará prohibido fumar en todos los espacios públicos cerrados y en algunos abiertos como los parques infantiles, y los alrededores de hospitales y colegios. Sí se permitirá fumar en las zonas al aire libre de los campus universitarios.

Las únicas excepciones en lugares cerrados serán los centros penitenciarios, residencias de mayores y discapacitados y los psiquiátricos con estancias de media y larga duración, donde se podrá fumar sólo en salas especiales pero no en las zonas comunes.

Los mayores damnificados de esta nueva ley antitabaco son los empresarios que acometieron obras en sus locales de más de 100 metros para habilitar una zona de fumadores. Esas inversiones, aún sin amortizar, servirán de poco con la entrada de la nueva ley. Sin embargo, queda en el aire para los próximos meses la posibilidad de operar algún tipo de compensación en forma de beneficio fiscal.

Estudien con detalle las medidas que se avecinan, tomen buena nota de aquellas que les afecten y, en cualquier caso, empiecen a adaptar los tópicos: a partir de ahora será café, copa... y punto.


Marc Vinyes, departamento fiscal, Consultoría Jurisa
Noticia publicada el 03 de Enero de 2011
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